PRINCIPIO DE LA CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA EN PENSIONES

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¿Qué es el principio de la condición más beneficiosa?

Es una figura jurídica a través de la cual se pretende proteger los derechos de las personas que consolidaron una expectativa legítima en vigencia de normas que ya han sido derogadas.

Lo anterior, como una medida para contrarrestar los efectos negativos frente a dicho tránsito legislativo, cuando no existe un régimen de transición que los proteja. 

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¿Cuál es la finalidad del principio de la condición más beneficiosa?

Con la aplicación de este principio se pretende reconocer la prestación social a los afiliados que reunieron el número de semanas establecidas en las leyes que ya se encuentran derogadas, pese a que su invalidez o muerte ocurran en vigencia de leyes posteriores.

Posición de la Corte Constitucional

La Corte Constitucional al analizar un caso donde la persona fallecida en vigencia de la Ley 797 de 2003, no había acreditado el número de 50 semanas de cotización en los últimos 3 años que dicha ley exige, pero en cambio, acreditaba el número de semanas que en su momento exigía el Acuerdo 049 de 1990 (Decreto 758 de 1990), derogado por la Ley 100 de 1993 se refirió a la aplicación del principio de la condición más beneficiosa.

En esa oportunidad la Corte precisó que era viable aplicar de manera ultractiva las disposiciones del Acuerdo 049 de 1990 o regímenes anteriores en cuanto al requisito de las semanas de cotización aunque la muerte del afiliado hubiese acaecido en vigencia de la Ley 797 de 2003 en aplicación del principio mencionado cuando se trata de personas vulnerables.

Lo anterior, con fundamento en que los aportes del afiliado, bajo dicho régimen, dieron lugar a una expectativa.

Concluyó diciendo que:

Este principio protege las expectativas legítimas, ante cambios normativos abruptos que impongan requisitos adicionales que impidan o dificulten en extremo la consolidación de un derecho, frente al cual una persona tiene confianza en su consolidación. 

Choque de trenes frente a la aplicación del principio de la condición más beneficiosa

Corte Suprema de Justicia Corte Constitucional
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, ha considerado que la aplicación del principio de la condición más beneficiosa solo puede extenderse hasta el régimen jurídico inmediatamente anterior (Ley 100 de 1993). En ese sentido ha exigido que tratándose de la pensión de sobrevivientes la muerte haya ocurrido entre el 29 de enero de 2003 y el 29 de enero de 2006; y la invalidez de origen común se haya estructurado entre el 26 de diciembre de 2003 y el 26 de diciembre de 2006,   La Corte Constitucional, por el contrario, ha considerado razonable extender la aplicación del principio de la condición más beneficiosa no solo al régimen inmediatamente anterior (Ley 100 de 1993), sino a los anteriores a este (sobre todo el Acuerdo 049 de 1990), siempre y cuando la persona hubiere cotizado el número de semanas mínimo que se exigía en este último antes de la entrada en vigencia de la nueva normativa (Ley 100 de 1993). Ver SU-442 de 2016  y SU-556 de 2019  

Principio de la condición más beneficiosa en pensión de sobreviviente

Es importante aclarar que la Corte Constitucional en la sentencia SU-005 de 2018 precisó que tratándose de pensión de sobreviviente no es posible aplicar de manera ultraciva  regímenes de pensiones de sobrevivientes anteriores a la Ley 100 de 1993 pues de conformidad con lo dispuesto por el Acto Legislativo 01 de 2005, los requisitos y beneficios para adquirir el derecho a una pensión de sobrevivientes son los dispuestos en las leyes del Sistema General de Pensiones, esto es, el sistema reglado entre otras, por la Ley 100 de 1993 y modificado por la Ley 797 de 2003.

Reconocimiento de intereses moratorios cuando la pensión de sobreviviente proviene de la aplicación del principio de la condición más beneficiosa

En la sentencia  SL 763 de 2018 y SL 5397 de 2019 se indicó que  los intereses moratorios previstos, no proceden cuando el reconocimiento de un derecho nace de una creación jurisprudencial, como es el caso del reconocimiento de la pensión por aplicación de la condición más beneficiosa.

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